Ley 115 de febrero 8 de 1994
POR LA CUAL SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE LA EDUCACIÓN.
El objeto de dicha ley
señala normas generales para regular el servicio público de la educación sin
importar sus diferencias y acorde con sus necesidades, de acuerdo con la
constitución política, en donde se menciona el derecho a la educación que tiene
toda persona en las libertades de la enseñanza, según el artículo 67 de la
constitución política de Colombia define y desarrolla la organización y la
prestación del servicio de la educación formal en los niveles de preescolar, primaria
básica, media, secundaria, y en cuanto a la educación informal es dirigida a
todos los niños, jóvenes y a toda la comunidad en edad de educación.
El servicio educativo comprende
el conjunto de normas jurídicas y curriculares vinculadas par el proceso de la
educación las entidades públicas y privadas.
La prestación del servicio
de la entidad publicas será prestado en los establecimientos del estado y las
entidades privadas podrán fundar sus propios establecimientos, de acuerdo con
la reglamentación del gobierno nacional.
Es responsabilidad del
estado garantizar el mejoramiento de la educación educando a los educadores
usando métodos de innovación y una regular evaluación e inspección al proceso
educativo.
La educación será
desarrollada de acuerdo con los siguientes fines.
Un total desarrollo dentro
de un proceso de formación de acuerdo con la ética y los valores humanos., el
respeto por la vida de nuestros semejantes, así como la igualdad la tolerancia
y la libertad, crear un respeto por la ley y los símbolos patrios nacionales,
brindarles conocimientos científicos técnicos, para tengan la capacidad de
participar en todas las decisiones q hallan en su diario vivir.
Capacidad para desarrollar
la capacidad de la crítica analítica, orientado al mejoramiento de la calidad
de vida y la cultura, como también adquirir conciencia sobre el cuido del medio
ambiente y el manejo de los recursos naturales para así poder prevenir
desastres, enseñarlos al buen uso del conocimiento adquirido en la práctica del
trabajo, formar personas capaces de aprovechar el tiempo libre, incentivar a
tener una buena higiene y la cuido de la salud, promocionar a las personas
capaces de crear innovar e investigar para que le sea permitido el ingreso al
sector productivo.
De acuerdo con el articulo
68 la comunidad educativa, son todas las personas que de una u otra manera
hacen parte del plantel educativo, la familia es muy importante en la educación
de los hijos hasta que ellos tengan su mayoría de edad, es muy importante que
los padres de familia tengan conocimiento de las actividades que se realicen el
plantel educativo, y todo con lo que involucre a nuestros hijos, es de vital
importancia educar a nuestros hijos desde el hogar enseñándoles sus deberes y
derechos, la sociedad debe colaborar con la vigilancia de la prestación del
servicio del platel educativo y el cumplimiento de la función social.
EDUCACION
FORMAL
Preescolar
La educación preescolar es
que se le ofrece al niño par a su desarrollo integral en los aspectos
biológico, cognitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual a través de
experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
Los principales objetivos de
la edición preescolar son, el conocimiento de su propio cuerpo, y así que obtenga
una identidad y autonomía, el crecimiento armónico y equilibrado del niño de
tal forma que sienta motivación por la lector-escritura y la matemática,
desarrollo de la creatividad habilidades y destrezas propias para su edad,
enseñarles a ejercitar la memoria y a la ubicación en el espacio temporal,
orientarles formas de expresión relación y comunicación para con los del
entorno, hacerlos participes de actividades lúdicas con los demás compañeros,
estimularlos a explorar el medio ambiente, social y familiar, vincular la
familia al proceso de educativo para así mejorar la calidad de vida de los
niños, formar hábitos de higiene personal , alimentación, aseo, y el orden con el fin d generar conciencia sobre el
valor de la necesidad de estar sano.
El grado de preescolar es
obligatorio, para todos los niños, este comprende mínimo 1 año de estudio, para
los niños menores de 5 años de edad, en todas las entidades estatales es
obligatorio.
Para las instituciones q aun
no tengan la cobertura total al grado de preescolar se les da un plazo de 5
años a partir de la vigencia de la presente ley.
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